Elementos clave

Los niños y niñas se definen como personas menores de 18 años (Convención sobre los Derechos del Niño, Art. 1). Se diferencian de las personas adultas por su desarrollo físico y emocional y por sus necesidades específicas, que requieren una protección especial.

La privación de libertad durante la infancia debe ser utilizada sólo como último recurso y deberían existir una variedad de medidas alternativas a la privación de libertad para niños y niñas, con el fin de asegurar su bienestar. Cuando la detención sea absolutamente necesaria, deberá usarse durante un período adecuado lo más breve posible, siendo su objetivo la rehabilitación y la reinserción de los niños y niñas en la sociedad.

 
 
 
 

La privación de libertad implica la privación de derechos, representación, visibilidad, oportunidades y amor. Privar de libertad a los niños significa privarlos de su infancia

 
 
 
 
Estudio mundial sobre los niños privados de libertad, 2019

La infancia representa uno de los grupos más vulnerables en detención, debido a su edad y grado de madurez, pero también por los efectos dañinos que la detención puede provocar en su bienestar y desarrollo a largo plazo. La detención, rara vez, tiene en cuenta las características individuales de los niños y niñas y sus necesidades específicas, incluyendo la necesidad de una educación apropiada, el contacto con la familia y la comunidad en general, el deporte y el ocio. Por el contrario, el abuso, la violencia, las malas condiciones de vida, y los servicios sanitarios y de nutrición inadecuados, a menudo, acentúan la vulnerabilidad de los niños y las niñas frente a la discriminación.

Las y los niños se ven privados de su libertad por varias razones. Con frecuencia, se les detiene por ser sospechosos/as o acusados/as de haber cometido un crimen. También pueden ser detenidos y detenidas por acompañar a un padre o madre que busca asilo en otro país, por tener alguna discapacidad física y mental, o por  la comisión de actos considerados de "peligrosidad pública", que no son constitutivos de delito si son cometidos por personas adultas, tales como vivir en las calles, mendicidad, violar normas de toque de queda o por problemas relacionados al abuso de drogas. Estos comportamientos son, a menudo, el resultado de una situación socioeconómica desfavorecida o de problemas psicológicos y "deben tratarse mediante la aplicación de medidas de protección de la infancia. Entre estas; el apoyo efectivo a los padres y madres y/o personas a su cuidado y medidas que aborden las causas fundamentales de este comportamiento" (Comité de los Derechos del Niño, Observación general No. 10).

Las normas internacionales establecen claramente que todos los niños y niñas en conflicto con la ley deben ser tratados y tratadas de acuerdo con las normas de la justicia de la niñez y que sólo pueden ser detenidos/a una vez hayan alcanzado la edad mínima de responsabilidad penal, que no debe ser inferior a 12 años.

La mayoría de los niños y las niñas privadas de libertad se encuentren en prisión preventiva, a menudo durante períodos prolongados, y por delitos menores. Esto viola las normas internacionales que establecen que la detención debe ser utilizada únicamente como último recurso y durante el período de tiempo pertinente más breve posible; y sólo en el caso de niños y niñas que representen un peligro real para los demás. Las niñas y niños privados de su libertad tienen un mayor riesgo de sufrir discriminación y abuso por parte del personal y otras personas detenidas, desde el primer contacto con el sistema de justicia penal. Cuando se les priva de su libertad, se exponen, además, al riesgo de autolesionarse o incluso suicidarse.

En muchos países, las autoridades y la sociedad en general estigmatiza los comportamientos de la infancia que no se ajustan a lo establecido. Dicha estigmatización, habitualmente, conduce a la detención arbitraria de niños y niñas, y les expone a prácticas abusivas y discriminatorias por parte de la policía. En muchas ocasiones, en el momento de la detención, no se les facilita información sobre sus derechos y acusaciones en su contra de manera que puedan entender. Tras el arresto, puede que no tengan acceso inmediato a sus padres y madres o personas a su cuidado y a la asistencia legal, lo que les coloca en un mayor riesgo de sufrir violencia física, verbal y psicológica, especialmente durante los interrogatorios.

El riesgo de abuso y malos tratos por parte del personal y otras personas detenidas también está presente durante la detención preventiva y en el momento de ejecutar la sentencia. Aunque las normas internacionales establecen que el grupo de la infancia en privación de libertad deben ser separado del de las personas adultas "a menos que se considere de interés para el niño o niña el no hacerlo" (CDN, Art. 37 (c)), muchos países no cumplen con esta regla. Como resultado, los niños y niñas a menudo se ven privados y privadas de su libertad junto con personas adultas durante los traslados, en las comisarías y en los centros de detención, exponiéndoles así a abusos y poniendo en peligro su futura capacidad para permanecer lejos de la delincuencia y reintegrarse en la sociedad.

Los niños y niñas están en riesgo de abuso, acoso y violación de sus derechos también cuando el grupo que está en espera de juicio se encuentra en detención junto a los y las condenadas, cuando niños y niñas son detenidos juntos, cuando los más jóvenes son detenidos y detenidas con mayores, y cuando su ubicación en un centro de detención no tiene en cuenta las necesidades específicas de los niños y niñas más vulnerables, por ejemplo, con discapacidades físicas y mentales.

En muchos casos, el grupo de niños y niñas en privación de libertad está sujeto a medidas disciplinarias violentas e ilegales. Los Estados tienen el deber de garantizar que las medidas disciplinarias y los medios de contención sólo se utilizan para el mantenimiento de la seguridad. Aquellas medidas que constituyan un trato cruel, inhumano o degradante, o puedan comprometer el bienestar del niño o la niña, deben ser estrictamente prohibidas, incluyendo la negación del contacto con la familia, el castigo físico y el aislamiento. Con el fin de prevenir el abuso y el maltrato de niños y niñas detenidas, los Estados también deben garantizar que el personal que trabaja con la infancia esté especializado y que las y los niños detenidos tengan acceso a mecanismos de denuncia adaptados.

Los niños y niñas privadas de libertad no conforman un grupo homogéneo. Las necesidades y los riesgos a los que se expone este grupo varía en función de una serie de factores, como la edad, el estado de desarrollo, el género, la discapacidad física o mental, el abuso de drogas, experiencias previas de violencia, la explotación o el nivel de educación. Por lo tanto, es vital que las características específicas de las y los niños sean evaluadas y que reciban un trato y atención individual de acuerdo a sus necesidades. Las niñas privadas de libertad están en una situación de especial vulnerabilidad en contextos de detención, debido a su edad, sexo y al reducido número que representan. Por lo tanto, deben tomarse medidas específicas para satisfacer sus necesidades.

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