El 11 de diciembre de 2014, el Congreso de la República del Perú resolvió el pedido de aclaración sobre la ley que designa a la Defensoría del Pueblo como Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, aprobando así su texto final.
Para la efectiva implementación de esta ley, sin embargo, aún es necesaria su promulgación por el Presidente de la República. Esta es de suma urgencia ya que pondría fin a una mora de 7 años en la obligación del Estado peruano de establecer su Mecanismo Nacional de Prevención, desde la ratificación del Protocolo Facultativo en el 2006.
En los últimos años, la APT ha venido incidiendo para la designación del mecanismo peruano a través de cartas y reuniones con las autoridades del país. Este trabajo se hizo en estrecha colaboración con la ONG Comisión de Derechos Humanos (COMISEDH). En efecto, la puesta en marcha del mecanismo es una petición de la sociedad civil peruana desde hace muchos años, como lo demuestra el siguiente video difundido por la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos:
La APT valora el importante paso que ha dado el Perú al votar dicha ley e instamos a la Presidencia de la República a promulgarla con urgencia, a fin de proteger y promover los derechos humanos en los centros de privación de libertad del país.