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El OPCAT impone a las autoridades la obligación específica de entablar el diálogo con los MNP en relación a sus recomendaciones (Artículo 22). Aunque el tratado no establece claramente una obligación similar para los MNP, se reconoce ampliamente que el diálogo forma parte del núcleo de su mandato preventivo, como también lo establece el Subcomité para la Prevención de la Tortura (SPT) en su Instrumento Analítico de evaluación de los MNP, (CAT/OP/1/Rev.1, párrafo 9 (a)).

El diálogo con las autoridades puede servir para diferentes propósitos. Este es clave para lograr cambios sostenibles y de largo plazo, especialmente considerando que las recomendaciones realizadas por los MNP con frecuencia no son vinculantes para las autoridades. Tener un diálogo significativo y sostenido es una herramienta esencial que poseen los MNP para dar explicaciones más adelante a las autoridades, respecto de los problemas observados y de las recomendaciones emitidas. El diálogo también es muy importante para entender el punto de vista y los desafíos que enfrentan las autoridades en la implementación de las recomendaciones del MNP, para identificar buenas prácticas, y para que sobre esta base, se dialoguen posibles soluciones a los problemas encontrados. El diálogo también crea un clima constructivo que ayuda a superar la resistencia y a producir cambios.

El diálogo también es clave para que la autoridades correspondientes conozcan a la institución y su mandato. Permite que los MNP construyan su legitimidad y se posicionen como instituciones referentes en cuestiones relativas a la privación de libertad, con el propósito de ejercer influencia e incrementar el impacto de sus recomendaciones.

Los MNP también entablan un diálogo con las autoridades para asegurar su propia sustentabilidad en el tiempo, por ejemplo al dialogar y acordar sobre su presupuesto anual con la autoridad correspondiente. El diálogo también es útil - aunque en algunos casos no es suficiente - para superar los obstáculos que los MNP pueden enfrentar en la implementación de su mandato, por ejemplo, cuando les es negado el acceso a un lugar específico de detención.

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