Los Objetivos de Desarrollo Sostenible no pueden ser alcanzados sin considerar la prevención de la tortura.
La próxima revisión del Objetivo 16 ("promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos y crear instituciones eficaces, que rindan cuentas e inclusivas en todos los niveles"), durante la reunión del Foro Político de Alto Nivel sobre el desarrollo sostenible del 9 al 18 de julio en Nueva York, brinda una oportunidad para reflexionar acerca de los vínculos estrechos entre la prevención de la tortura y el desarrollo sostenible.
La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible no solo busca enfocarse en las dimensiones ambientales, sociales y económicas del desarrollo, también busca proteger los derechos humanos, el estado de derecho, la justicia y la igualdad. Es por ello que la prevención de la tortura, y de otros tratos, o penas crueles, inhumanos o degradantes (TPCID), es una parte importante de esta promesa. Mientras que la tortura aparece solo una vez en las metas de la Agenda, muchas de estas metas son directamente relevantes para la prevención de la tortura y de los TPCID.
La tortura y los TPCID están prohibidos por el derecho internacional. A pesar de esta absoluta prohibición, ningún Estado es inmune de dicho riesgo. La corrupción, el pobre acceso a la justicia, la discriminación hacia ciertos grupos o la falta de supervisión independiente de los lugares de detención son todos ejemplos de los factores que incrementan el riesgo de las personas a ser expuestas a la violencia, incluyendo a la tortura y a los TPCID. La prevención precisamente busca reducir dichos riesgos y factores, y por ello frenar que la tortura y los TPCID ocurran en primer lugar.
El vínculo con la Agenda para el Desarrollo Sostenible es claro. ¿Cómo podemos considerar el desarrollo sostenible sin asegurar el debido respeto para quienes buscan justicia? ¿Cómo podemos vislumbrar instituciones sostenibles y sólidas en contextos donde existe un desprecio flagrante por el estado de derecho? ¿Cómo la exposición de las personas al uso excesivo de la fuerza es compatible con sociedades pacíficas?
Tomemos algunos ejemplos teniendo en mente a las personas privadas de libertad:
- Acceso a la comida para todos, particularmente para personas en situaciones de vulnerabilidad (Meta 2.1);
- Lograr una cobertura sanitaria para todos (Meta 3.8);
- Garantizar educación de calidad para todos y promover oportunidades de aprendizaje permanente (Objetivo 4);
- Lograr el acceso a servicios de saneamiento e higiene para todos, particularmente para quienes viven en situación vulnerable (Meta 6.2);
- Tomar acción para poner fin a todas las formas de discriminación, eliminar todas las formas de violencia, y asegurar la salud reproductiva (Metas 5.1 y 5.2 sobre igualdad de género); y
- Erradicar leyes, políticas y prácticas discriminatorias (Meta 10.3).
Todo lo anterior son características esenciales de los lugares de detención que son respetuosos de los derechos humanos.
Además, existe un vínculo fuerte entre la pobreza (Objetivo 1 y otras metas) y la prevención de la tortura. La evidencia demuestra que las y los integrantes de nuestras sociedades más pobres y marginalizados/as son quienes enfrentan un mayor riesgo de encarcelamiento y una mayor exposición a ambos, la tortura y los TPCID.
El Objetivo Sostenible 16 acerca de sociedades pacíficas e inclusivas es donde el vínculo con la prevención de la tortura es más explícito en la Agenda. Este no es el lugar para analizar cada meta e indicador de dicho Objetivo en relación con la prevención de la tortura y los TPCID. Una mirada a algunas metas, sin embargo, muestra cómo estas contribuyen directamente a reducir el riesgo de tortura y de TPCID::
- La reducción de “todas las formas de violencia” (16.1);
- Terminar con “la tortura de niños y niñas” (16.2);
- Promover el “estado de derecho” e “igualdad de acceso a la justicia para todos” (16.3);
- La reducción de la “corrupción” (16.5) - un tema abordado en el último informe del Relator Especial de la ONU sobre la Tortura;
- El desarrollo de “instituciones eficaces, y transparentes que rinden cuentas” (16.6);
- o la promoción y la aplicación de “leyes y políticas no discriminatorias en favor del desarrollo sostenible” (16.b).
Igualmente importante es la meta 16.a, “fortalecer las instituciones nacionales pertinentes”, y su indicador (“Existencia de instituciones nacionales independientes de derechos humanos, en cumplimiento de los Principios de París”). En 2006 entró en vigor un instrumento internacional esencial - el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura (OPCAT). Hasta la fecha, 90 Estados lo han ratificado. Una obligación clave del OPCAT es el establecimiento de instituciones nacionales independientes - los Mecanismos Nacionales de Prevención - con el mandato de prevenir la tortura y los TPCID, principalmente alcanzado a través de visitas periódicas de monitoreo a todos los lugares de privación de libertad. Estas instituciones únicas no solo son vitales para reducir el riesgo de abuso y violencia; estas también contribuyen directamente a construir sociedades pacíficas e igualitarias.
Si queremos asegurarnos de que ninguna persona sea dejada atrás y transformar la promesa de la Agenda 2030 sobre el Desarrollo Sostenible en realidad, la prevención de la tortura no puede ser ignorada. Al contrario. Atendiendo a las causas profundas de todas las formas de violencia, la prevención de la tortura se convierte precisamente en una herramienta para traer a las y los integrantes de la sociedad más marginados/as, incluyendo a las personas privadas de libertad, hacia una agenda donde la sostenibilidad equipare el respeto y la dignidad para todas las personas.
Por Mervat Rishmawi, integrante de la Junta Directiva de la Asociación para la Prevención de la Tortura (APT) y Jean-Sébastien Blanc, Director de Programas Temáticos en la APT.